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2.1.- DE APLICACIÓN

¿Cuándo es aplicable el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD)?

El Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) entró en vigor en mayo de 2016. No obstante, se aplica desde el 25 de mayo de 2018, por lo que los responsables y encargados de tratamiento deben adecuar el tratamiento de datos personales que realizan a lo previsto en el mismo. Asimismo, el...

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¿Cuál es el ámbito de aplicación del RGPD?

El RGPD, además de aplicarse como hasta ahora a responsables o encargados de tratamientos de datos establecidos en la Unión Europea, contempla su aplicación a aquellos responsables y encargados, que si bien no se encuentran establecidos en la Unión, realicen tratamientos derivados de una oferta de...

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¿Cuál es la incidencia del RGPD sobre el tratamiento de los datos de contacto?

Los datos de contacto son información referida a personas físicas identificadas (datos de carácter personal), por lo que su tratamiento se encuentra sometido al RGPD.

No obstante, su tratamiento podría realizarse al amparo del artículo 6.1 f) del RGPD (regla del interés legítimo) si se cumplen los...

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¿Y respecto a los datos relativos a los empresarios individuales y profesionales liberales?

Al igual que en el supuesto anterior, el interés legítimo del artículo 6.1 f) del RGPD ampara el tratamiento de estos datos, siempre y cuando se refieran a los empresarios individuales en dicha condición y no se traten para entablar una relación con los mismos como personas físicas.

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¿Se aplica el RGPD a los datos personales de las personas jurídicas?

No, el RGPD no regula el tratamiento de datos personales relativos a personas jurídicas y en particular a empresas constituidas como personas jurídicas, incluido el nombre, la forma de la persona jurídica y sus datos de contacto.

La protección otorgada por el RGPD debe aplicarse exclusivamente a las...

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