Supervisión de grandes sistemas

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La Agencia Española de Protección de Datos es la autoridad de supervisión a nivel nacional de los siguientes grandes sistemas de información que, a nivel europeo, permiten el intercambio de información personal con diferentes finalidades. A continuación, se proporciona una descripción de los sistemas citados.

Sistema de Información Schengen (SIS)

El Sistema de Información de Schengen (SIS II) es un sistema de información a gran escala que facilita la cooperación entre las autoridades nacionales de control de fronteras, aduanas y policía en el denominado Area Schengen. El SIS II funciona en 30 países europeos, es decir, 26 Estados miembros de la UE (solo Irlanda y Chipre aún no están conectados al SIS), así como en Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza.

El SIS II permite a las autoridades competentes de los Estados Schengen introducir y consultar alertas sobre personas y objetos. Los motivos para emitir una alerta incluyen rechazar la entrada a una persona que no tiene derecho a entrar o permanecer en el territorio Schengen, búsqueda y detención de una persona para quien se haya emitido una orden de detención europea, búsqueda de una persona desaparecida, o de bienes robados o perdidos como un automóvil o un pasaporte.

La normativa que regula este sistema reconoce el derecho de las personas afectadas al ejercicio de los derechos de acceso, rectificación y cancelación, así como determinadas limitaciones a los mismos.  

Sistema de Información de Visados de corta duración (VIS)

Como complemento al sistema de información SIS se encuentra el sistema de información de visados (VIS) que permite a las autoridades competentes la implementación de la política común de visas sobre los visados de corta duración (hasta 90 días).

La normativa que regula el sistema VIS reconoce el derecho de la ciudadanía al ejercicio de los derechos de acceso, rectificación y supresión, así como determinadas limitaciones a los mismos. 

 

Marco de Privacidad de Datos UE-EE.UU. (EU-US Data Privacy Framework)

El Marco de Privacidad de Datos UE-EE.UU. (EU-US Data Privacy Framework) garantiza a los particulares que sus datos personales se transmitan de forma segura a EE.UU. con un nivel de protección equivalente al que confiere el RGPD. Adequacy decision for the EU-US Data Privacy Framework | European Commission (europa.eu)

Los particulares gozan de los siguientes derechos de acuerdo con el Marco de Privacidad citado, adoptado por la Comisión Europea en fecha 10 de julio de 2023, puesto que prevé un mecanismo en dos fases para las reclamaciones y/o recursos que pueden interponer los interesados.

Para más información, así como modelo de formulario para el ejercicio de los citados derechos, pulse en los siguientes documentos: