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¿Cuáles son las principales obligaciones?

En las comunidades de propietarios, éstas serán las responsables del tratamiento de sus datos personales.

En el caso de que tengan contratado un administrador de fincas, éste actuára como encargado del tratamiento.Es decir, en este caso, se establece la siguiente relación: la comunidad es responsable de los tratamientos y el administrador actúa como encargado de los mismos. Ambos deben someterse a la normativa de protección de datos, que establece al respecto una serie de obligaciones, entre las que podemos citar:

  • La creación del registro de actividades de tratamiento.
  • Cumplir con el derecho de información.
  • Atender los derechos de protección de datos.
  • Determinar la legitimación de los tratamientos.

Además, el contrato entre la comunidad y el administrador deberá contener las respectivas cláusulas de protección de datos. 

Para más información sobre régimen de comunidades de propiedades puede consultar:

Toda esta información puede descargarse e imprimirse al objeto de su exhibición en las Juntas de propietarios.

AdvertenciaSe recuerda que la Agencia no es competente para dirimir disputas entre copropietarios ni tampoco es su función proporcionar el asesoramiento jurídico individualizado  que sólo un abogado o delegado de protección de datos puede proporcionar a una comunidad de propietarios o a sus comuneros.

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