¿Se aplica la normativa de protección de datos a las comunidades de propietarios?
Sí, en la medida que realicen un tratamiento de datos de carácter personal de personas físicas.
Así, en las comunidades de propietarios existe un tratamiento derivado de la gestión de la propia comunidad, que puede denominarse "gestión de la comunidad de propietarios" o "propietarios",en el que se incluyen los datos personales de los citados propietarios como pueden ser nombre, apellidos, dirección o correo electrónico.
Pueden existar además otro tipo de tratamientos como el de "videovigilanica" o "camaras de seguridad".
Por tanto, y como indicamos al principio, al existir estos tratamientos debe cumplirse lo dispuesto en la normativa de protección de datos personales.
Para más información sobre régimen de comunidades de propiedades puede consultar:
- las restantes preguntas frecuentes de esta sección
- el sistema de ayuda inmediata de la web mediante Chatbot
- la Guía sectorial sobre Protección de Datos y Administración de Fincas y
- la Ley sobre Propiedad Horizontal.
Toda esta información puede descargarse e imprimirse al objeto de su exhibición en las Juntas de propietarios.
Se recuerda que la Agencia no es competente para dirimir disputas entre copropietarios ni tampoco es su función proporcionar el asesoramiento jurídico individualizado que sólo un abogado o delegado de protección de datos puede proporcionar a una comunidad de propietarios o a sus comuneros.