¿Qué es la sede electrónica? Trámites electrónicos. Registro electrónico y sede virtual
Sede electrónica
Es aquella dirección electrónica disponible para todos los ciudadanos (personas, físicas y jurídicas) que quieran realizar trámites a través de redes de telecomunicaciones cuya titularidad, gestión y administración corresponde a una Administración Pública, órgano o entidad administrativa en el ejercicio de sus competencias, en concreto y en este caso, a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).
En la sede electrónica se incluyen todas las actuaciones, procedimientos y servicios que requieran la autenticación de la Administración Pública (en nuestro caso, la Agencia Española de Protección de Datos) o de los ciudadanos por medios electrónicos.
Trámite electrónico
Un trámite electrónico es aquella gestión que usted puede realizar telemáticamente, es decir, a través de Internet sin tener que acudir presencialmente a una oficina. A efectos prácticos, es conceptualmente equivalente un trámite electrónico a uno telemático.
Firma electrónica
La firma electrónica es un conjunto de datos que permiten identificar al firmante como si de la firma manuscrita se tratara.
La firma electrónica con certificado digital que usará tanto la Administración como el ciudadano en la Sede Electrónica garantiza además la integridad de los documentos firmados: el documento original firmado no sufre modificaciones posteriores, puesto que si ese fuera el caso, la validación de la firma daría un resultado negativo y sería rechazada.
El Registro Electrónico y la Sede Electrónica. Oficina Virtual
Si existe Registro Electrónico, se accederá a él desde una Sede Electrónica. Puede haber sedes sin registro electrónico, pero, normalmente, si en una sede hay servicios electrónicos esto implicará recepción y remisión de documentos a través, claro está, de un registro electrónico.
Por otra parte, la Sede Electrónica no es lo mismo que la Oficina virtual. Las primeras están reguladas y normalizadas, por lo que requieren compromisos, responsabilidades y requisitos que no se exigen para las Oficinas virtuales, si bien éstas deberían evolucionar a Sedes.
En general, los Portales actuales no cumplen las condiciones para ser Sedes. De hecho, son conceptualmente distintos: la Sede es un sitio seguro donde realizar los trámites electrónicos, mientras que el Portal tiene contenidos informativos, campañas e incluso servicios que no requieren autenticación.
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