¿Conoces las novedades de la nueva Ley Orgánica de Protección de Datos?
La AEPD ha elaborado unos documentos que contienen las principales novedades que introduce la Ley Orgánica de Protección de Datos y garantía de los derechos digitales.
El pasado 5 de diciembre entró en vigor la Ley Orgánica de Protección de Datos y garantía de los derechos digitales. Esta ley incorpora nuevos aspectos que afectan no sólo a ciudadanos, sino a los sectores público y privado.
Los ciudadanos deben familiarizarse con nuevos derechos, como el de portabilidad o a la limitación del tratamiento. Por otra parte, deben ser conscientes de que podrán ser incluidos en los sistemas de información de solvencia crediticia -también conocidos como ficheros de morosidad- cuando mantengan una deuda de más de 50 euros con algún prestador de servicios, ya que la ley anterior no establecía una cuantía mínima. También se introducen novedades en relación con las personas fallecidas, permitiendo que una persona vinculada al fallecido pueda solicitar el acceso, rectificación o supresión de los datos de la persona fallecida, salvo que ésta lo hubiese prohibido expresamente en vida o así lo establezca la ley. Estas y otras novedades pueden consultarse en este documento.
Asimismo, la ley introduce cambios para el sector privado. Por ejemplo, obliga a designar a un Delegado de Protección de Datos a las organizaciones cuyas actividades principales consistan en tratamientos que requieran una observación habitual y sistemática de los ciudadanos a gran escala, o en el tratamiento a gran escala de categorías especiales de datos personales, o datos relativos a condenas e infracciones penales. El documento sobre novedades para el sector privado también recoge aspectos que deben ser tenidos en cuenta en relación con el tratamiento de datos de menores de edad, los llamados ficheros de morosos o la videovigilancia.
Entre las nuevas responsabilidades que impone la nueva ley a los órganos y organismos del sector público se encuentran la publicación del Registro de actividades de tratamiento o la designación de un Delegado de Protección de Datos, así como la comunicación de dicha designación a la Agencia Española de Protección de Datos. Puede obtenerse más información en este enlace.